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Notaria 10 Politica de privacidad. El secreto notarial es el pilar que rige este ámbito de la profesión del Notario Público.

POLÍTICA DE PRIVACIDAD

Lic. Francisco Oscar Lechón Ruiz, Notario Público Titular no. 10 en la ciudad de Cancún, Quintana Roo, con domicilio en Calle Rosas, Mza. 24, Sm. 22, Municipio de Cancún, Quintana Roo por este medio hago del conocimiento de las personas que ocurran por cualquier medio a ésta notaria a efecto de solicitar servicios notariales, que los datos personales y documentos que contengan datos personales que les sean solicitados por personal de ésta oficina y nos proporcionen a efecto de prestar los servicios jurídicos en cumplimiento a las disposiciones legales aplicables, serán utilizados en la elaboración y redacción de los instrumentos públicos correspondientes. Los datos personales serán consignados en folios donde se hagan constar las escrituras, actas o pliegos por separado según el caso; y los documentos que contengan datos personales, serán agregados al libro de documentos generales, por lo que quedarán integrados a los Protocolos de los cuales soy depositario conforme a la ley. Los datos personales y documentos que contengan datos personales podrán ser almacenados en bases de datos, imágenes o demás dispositivos electrónicos o bien impresos en papel,  los cuales estarán bajo mi responsabilidad y custodia hasta en tanto entregue los protocolos al Gobierno del Estado de Quintana Roo a través de las oficinas correspondientes. Así mismo, en cumplimiento a las disposiciones legales aplicables; transferiré los datos personales proporcionados y que me sean requeridos por las Autoridades Federales, Estatales o Municipales que correspondan a efecto de cumplimentar con mis obligaciones de presentar avisos, declaraciones o bien enterar los impuestos causados en los actos jurídicos por mi autorizados y que hubiere retenido, agregando que el suscrito y el personal que labora en ésta Notaria estamos obligados al secreto profesional. No obstante lo anterior, los documentos y datos personales que consten en los protocolos a mi cargo así como en dispositivos electrónicos podrán ser puestos a disposición de las Autoridades Federales, Estatales o Municipales previa orden que estas emitan en forma escrita, fundada y motivada.

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